Los jueces no deben tener fans ni partidarios
A menudo los bienintencionados que pretenden apoyar a alguien no hacen otra cosa que hundirlo un poco más en la miseria. Y le caso del juez Garzón, y sus diversos jaleos con la justicia, unos por extralimitarse en sus funciones, y otros por pedir dinero a quien no se lo debía pedir, es el más llamativo que tenemso ahora ante nosotros.
Acabo de leer que en Madrid se han organizado manifestaciones para apoyar a este juez, y después de hablar con alguna gente habituada a tratar en estos ambientes, constatpo que nada puede perjudicarle más que el apoyo pancartero y libertario. ¿Y por qué?
Porque los jueces no pueden tener fans ni partidarios. Cuando los tienen, dan a entender a sus compañeros que se han dedicado a la política y al populismo más de lo que a su profesión conviene.
Porque este juez en concreto ya abandonó una vez la carrera judicial para presentarse como candidato por un partido político, a pesar de que sus compañeros le advirtieron de la tremenda peligrosidad de una decisión semejante. y se lo decían de verdad: la judicatura puede estar politizada, como todo en esta vida, pero no admite en modo alguna dar la imagen de estar abierta y públicamente politizada.
Porque el trabajo de juez, bien desempeñado, es un trabajo terriblemente aburrido, espantosamente gris y que no suscita nada que se parezca a un liderazgo social. Cuando no es así, es que estamos ante otra clase de figura con otra clase de intereses, o así al menos lo ve la cerrar judicial y los ambientes judiciales.
No entro a valorar si la acusaciones que se lanzan contra Garzón son fundadas o no, porque para eso están los tribunales: lo que tengo claro es que muchos de los apoyos que se brindan a Garzón desde ciertos ambientes políticos no le están ayudando nada.
Porque no convencen a los afines, que ya están convencidos. No convencen a los contrarios, que no se dejan convencer. Y repugnan profundamente a los neutrales.
Por eso.
Comunicado de prensa sobre el futuro de la Semana Negra de Gijón
Gijón, 26 de enero del 2012
Tras más de cinco meses de espera, finalmente el Gobierno municipal de FAC ha concedido a la Asociación Semana Negra la reunión que esta solicitó para tratar sobre su ubicación; apoyo económico y técnico, y fechas.
El resultado de la reunión fue que FAC propuso exactamente lo mismo que en su día manifestó a través de los medios de comunicación (nunca formalmente a la asociación): el recinto ferial Luis Adaro como ubicación idónea, y que habría recortes en el apoyo económico para la celebración de este festival, sin especificar en qué consistirían estos.
A la vista de estas propuestas, la Asociación Semana Negra recordó la existencia de una sentencia vigente, conocida por todos, que impide la celebración del festival a menos de 500 metros del edificio Gacela (c/ Sporting) y las limitaciones obvias que esto supondría, que se añaden a las que ya plantea de por sí su celebración en un recinto ferial como el Luis Adaro.
Pese a todas las demoras e inconvenientes que se le están presentando, la Asociación Semana Negra agotará todas las posibilidades para que el pueblo de Gijón, y toda Asturias, que año a año muestra su apoyo al festival asistiendo a este de forma masiva, pueda seguir disfrutando de una Semana Negra que a todos pertenece.
La Asociación Semana Negra solicitó, a través del Registro Municipal, a principios de agosto, y de nuevo a finales de septiembre, una reunión con el Gobierno del Ayuntamiento de Gijón que, finalmente, tuvo lugar en el día de hoy. Los objetivos de esa reunión eran hablar del futuro de la Semana Negra en tres aspectos: ubicación; apoyo económico y técnico, y fechas de celebración.
A través de distintos medios de comunicación, el Gobierno del Ayuntamiento de Gijón manifestó, como motivo para que esta reunión no se celebrara antes, la falta de urgencia del asunto y, por otra parte, la necesidad de aprobar previamente los presupuestos del Ayuntamiento. Usando el mismo sistema, es decir, sin contactar en ningún momento directamente con la Asociación Semana Negra, sino mediante declaraciones a la prensa, propuso como posible ubicación para la celebración del festival el recinto ferial Luis Adaro.
Tras la reunión que hoy se celebró entre representantes de Foro Asturias del Gobierno del Ayuntamiento de Gijón y miembros de la directiva y el comité organizador de la Semana Negra, las conclusiones, cinco meses después de solicitado este encuentro, pueden resumirse en los dos puntos siguientes:
1. Ubicación del festival: se propone, por parte de FAC, el recinto ferial Luis Adaro como el lugar idóneo.
2. Apoyo económico y técnico: habrá recortes presupuestarios que afectarán al apoyo económico que pudiera prestarse a la Semana Negra, pero que no se definirán hasta que no esté decidida la ubicación de esta.
Valoración de la Asociación Semana Negra sobre la reunión celebrada en el día de hoy:
1. No se comprende la demora para celebrar esta reunión (más de cinco meses desde que se solicitó), cuando la respuesta por parte de FAC es idéntica a lo que ya adelantaron en su momento a los medios de comunicación, tanto por lo que respecta a la ubicación como al apoyo económico y técnico.
2. Menos se comprende aún que, una vez aprobado el presupuesto del Ayuntamiento de Gijón, sigan sin especificar cuál será el apoyo económico a la Semana Negra (salvo que «habrá recortes»).
3. Respecto a la posible ubicación del festival en el recinto ferial Luis Adaro, se señaló a los representantes del Gobierno municipal la existencia de una sentencia vigente que exige «erradicar de las inmediaciones del edificio Gacela, sito en la calle Sporting número 3 de Gijón, las sucesivas ediciones de la Semana Negra a una distancia mínima de 500 metros» (cita literal de la sentencia). Esto implica que una considerable parte del recinto ferial Luis Adaro no sería utilizable.
Pese al conocimiento de estas circunstancias, los representantes del Gobierno de FAC manifestaron que encargarían, ahora, la elaboración de un informe jurídico a los servicios municipales para estudiar las implicaciones de la sentencia. No deja de resultar chocante que ese informe no estuviese ya en poder del Gobierno antes de proponer la posibilidad de dicha ubicación.
La Asociación Semana Negra está dispuesta, como no podía ser de otra manera, a estudiar la posibilidad de la ubicación del festival en el recinto ferial Luis Adaro, pese a los inconvenientes que claramente presenta. De hecho, la asociación, adelantándose a que fuera esta la única propuesta por parte de FAC en la reunión celebrada hoy, tal y como ha sucedido, ya mantuvo un primer contacto con la dirección del recinto ferial y, en fechas próximas, volverá a hacerlo para analizar en mayor profundidad los pros y contras de la ubicación y tomar, posteriormente, una decisión al respecto.
Los delitos de opinión en España: un recorrido por la NO-libertad de expresión.
En principio, y para que haga bonito, se encuadra estos delitos dentro del abuso de la libertad de expresión. En algunos casos este abuso existe efectivamente, como cuando se trata de los delitos de injurias y calumnias, y es completamente comprensible que el Código Penal castigue estas conductas. Sin embargo, en algunas ocasiones la ley se extralimita al señalarnos lo que podemos y no podemos decir o escribir. Vamos a intentar un pequeño recorrido por esta legislación, poco conocida en general, que amordaza sobre todo a los medios de comunicación:
-Apología de delitos graves:
El artículo 18 del Código Penal define la apología como la exposición, ante una concurrencia de personas o por cualquier medio de difusión, de ideas o doctrinas que ensalcen el crimen o enaltezcan a su autor. La apología sólo será delictiva como forma de provocación y si por su naturaleza y circunstancias constituye una incitación directa a cometer un delito.
La apología no es aplicable a cualquier delito, sino a aquellos especialmente graves, que son los siguientes: homicidio y asesinato, lesiones, detenciones ilegales y secuestros, exhibicionismo y provocación sexual, robo, extorsión, estafa o apropiación indebida, receptación y otras conductas afines, cultivo y tráfico de drogas, rebelión militar, delitos contra la corona, asociación ilícita, sedición, atentados, terrorismo, y genocidio.
Es necesario, por tanto, para que se produzca el delito de apología que concurran tres extremos: que sea público y con publicidad, que se incite a la comisión del delito y que el delito sea uno de los expresamente previstos. Es importante tener en cuenta, como curiosidad, que incitar a acabar con la monarquía está incluido en este artículo 18.
-Delitos contra la libertad de conciencia
El artículo 525 del Código Penal prohíbe expresamente opinar de modo ofensivo contra ninguna religión, así como contra el ateísmo o el agnosticismo. Por tanto, los debates que habitualmente vemos en internet contra las religiones son manifiestamente delictivos según este artículo.
Os copio el artículo textualmente para que os quede claro:
Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.
Incitación a la discriminación, odio y la violencia
Este es uno que en principio nos parece normal, aunque seu aplicación a veces resulte en traer las cosas por los pelos.
El Código Penal, en su artículo 510, castiga con prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses a “aquellos que provocaren a la discriminación, al odio o a la violencia contra grupos o asociaciones, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o minusvalía.”
“Serán castigados con la misma pena los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, difundieren informaciones injuriosas sobre grupos o asociaciones en relación a su ideología, religión o creencias, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o minusvalía.”
El problema, por supuesto, viene en qué se interpreta con lo de “conocimiento de su falsedad” o con lo de “notorio menosprecio a la verdad”, pues aquí el Código Penal parece dar por hecho que hay alguien que dicta la verdad y el que no acepta lo dictado la esté menospreciando.
Apología del genocidio y negación del holocausto
Por diversas razones, en España se incorporó al artículo 607 del Código Penal una cláusula por el que la duda o negación del Holocausto se considera incitación a cometerlo, o intento de rahabilitación del nazismo. Sin entrar a valorar si esto es idóneo o no, cuando te prohíben dudar de algo lo primero que haces es dudar. O al menos es frecuente…
En este apartado se han incluido además hechos muy diversos, como la venta de libros filonazis, manifestaciones antisemitas y cuestiones similares.
Calumnias e injurias
El artículo 205 del Código Penal define como calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.
La injuria se define en el artículo 208 como la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.
Por tanto, hay que tener en cuenta que si lo que se dice es verdad no puede haber calumnia, pero sí injuria. Llamar ladrón a un ladrón no es una calumnia, pero sí una injuria. Es importante saberlo.
Delito contra la Corona
Ojo a este, que por su amplitu y ambigüedad, es de traca:
Dice el artículo 491.2 del Código Penal:
Se impondrá la pena de multa de seis a veinticuatro meses al que utilizare la imagen del Rey o de cualquiera de sus ascendientes o descendientes, o de la Reina consorte o del consorte de la Reina, o del Regente o de algún miembro de la Regencia, o del Príncipe heredero, de cualquier forma que pueda dañar el prestigio de la Corona.
O sea que cualquier ocsa que dañe la imagen o prestigio de la Corona, es delito… Cualquier cosa.
Ultrajes a España y sus Comunidades Autónomas
Por último, un delito del que nos olvidamos con mucha frecuencia:
Dice el artículo 543 del Código Penal:
Las ofensas o ultrajes de palabra, por escrito o de hecho a España, a sus Comunidades Autónomas o a sus símbolos o emblemas, efectuados con publicidad, se castigarán con la pena de multa de siete a doce meses.
Así que ya lo sabéis: el cachonbdeo contra Espsaña, o contra alguna comunidad o sus banderas, también es punible.
Espero haber ayudado a alguien a saber en qué país vive en realidad…
No hay que ir a por las webs, sino a por el dinero
Parece que nuestros legisladores no han aprendido nada: desde tiempos de Al Capone sabemos que lo que verdaderamente sirve para combatir una actividad ilegal es seguir el rastro al dinero, y no a los que vulneran la ley.
En el caso de las páginas web de descargas ilegales, la Ley Sinde comete el terrible error de cerrar páginas web, cuando esto es un atentado flagrante contra la libertad de expresión, y una tontería desde el punto de vista operativo: lo mismo que existe el concepto de supranacionalidad para el dinero, creándose así lso paraísos fiscales, existe también para la Sociedad de la Información, creándose territorios donde las leyes antidescargas no pueden operar.
¿Y qué solución pretenden adoptar¿ Por supuesto, la más simple y la más necia: cerrar las webs cuando puedan, y cuando no, bloquear el acceso desde España, dejando así el gran agujero de lso mercados foráneos, de lso proxys, de las redes subterráneas y todo loq uese pueda inventar cualquier día para saltase este tipo de normas.
La idea, si de verdad quieren combatir a las webs de descargas, es seguir el rastro al dinero. Aquellas que ofrezcan las descargas a título gratuito no podrán ser perseguidas o será muy difícil, pero de estas hay muy pocas en realidad, o ninguna. Los medios de lucrarse por ofrecer descargas de contenidos con copyright son muchos, y van desde la publicidad directa, los banners, los patrocinios, a las cantidades que pagan los servidores intermedios como Megaupload por cada descarga que se realiza.
Las webs pueden marcharse fácilmente a Libia, a Nicaragua o a Belize, pero mucho me temo que sus promotores y responsables no cambiarían su propia residencia a estos países con la misma alegría. Por lo tanto, las webs no pueden ser controladas, pero sí los ingresos de las personas físicas, y eso es lo que hay que mirar, porque además ahí es donde está el verdadero delirto: obtener ingresos de unos contenidos que no son propios, sino de terceros. Para mí, si no hay ingresos, no hay delito.
Si las autoridades impidiesen que se ingresaran estas cantidades, la mayoría de las web desaparecerían solas. Si se controlasen los cobros de los responsables de estas webs y se les pidiesen cuentas por lucro ilícito, si se fiscalizasen debidamente sus ingresos para impedir que recibiesen la pasta, entonces sólo los que ofrecen descargas de manera realmente gratuita, sin lucrarse del trabajo ajeno podrían seguir funcionando.
Y veríamos entonces cuántos son, de verdad, los altruistas que lo hacen “por amor al arte”.
Si no se hace es porque lo que se busca es coartar la libertad y no tanto proteger la propiedad intelectual. Si realmente se quisiera proteger a los autores el método sería ir a por la pasta, que Hacienda tiene instrumentos de sobra para ello.
La III República y sus asesores de imagen
La idea de la República siempre me pareció atractiva. De hecho, sus bases ideológicas de igualdad entre los ciudadanos, sin un líder designado por voluntad divina, o incluso por voluntad popular pero con poderes extraordinarios, no acaba de convencerme ni me parece sostenible desde el punto de vista de la lógica.
En el caso concreto de España, la idea de la República tiene unos cuantos detractores por todo tipo demotivops, entre ellos por la buena imagen del rey actual. Confundir a un rey con una institució es un error de bulto, pero así son las cosas.
Sin embargo, y si nos vamos al otro lado, resulta que en España la idea de República está pésimamente defendida y son precisamente sus más encarnizados partidarios los que alejan la posibilidad de que un día se llegue a convertir en algo real.
En España, gracias a todos estos asesores de imagen aficionados, cuando se habla de República se añaden una serie de connotaciones ideológicas que hacen que muchos renunciemos a la idea de defenderla, y no porque no nos guste, sino porque no nos gusta, ni de broma, que nos metan en el mismo saco con cierta gente. Así son las cosas de la adhesión: cuando una idea te parece atractiva, pero la gente que la defiende no te convence tanto, acabas por renunciar a la idea, o por desarrollar una desconfianza hacia ella. Y no digamos ya si estás indeciso…
La III República como propuesta, en España, va íntimamente asociada a movimientos de izquierda que la ven como una oportunidad de crear un estado a su imagen y semejanza, imponer sus tesis marxistas, lastrar las instituciones con su carga ideológica y, en suma, tratar de reeditar los días más tristes y lamentables de la segunda república, cuando se prohibió la CEDA por ser de derechas y cuando el objetivo final era una revolución social, tipo Largo Caballero, con su inolvidable frase: ”No hemos conseguido una república para que gobiernen los mismos que nos gobernaban en la monarquía”.
En vez de eso, la propuesta debería ser un país moderno, abierto, sin privilegios, sin castas, en que se hiciera hincapié en la igualdad de derechos y en la defensa de las libertades individuales. La idea de república es igualdad y libertad, no marxismo ni intransigencia pseudoprogresista, de esa que quiere hacer comenzar los calendarios el día de su llegada al poder (para acabar coronando a un corso cualquiera).
A fuerza de memoria histórica, de querer resucitar a un muerto, de querer imitar un modelo de hace ochenta años, todos estos “asesores de imagen” han conseguido una fuerte reacción de rechazo a la idea republicana entre al gente que, como yo, no ve lógica la monarquía pero no es adepto al marxismo.
A fuerza de defender el pasado, se están cargando el futuro.
Una pena.








